Finestrat Legal

Abogacia Preventiva & Servicios Inmobiliarios

FINESTRAT: SUELO URBANO EN VENTA

Publicado por finestratlegal en Junio 30, 2008

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Bienvenidos a Finestrat Legal

Publicado por finestratlegal en Junio 27, 2008

Hay algo más satisfactorio que solucionar un problema: Evitarlo.

Antes de que surja cualquier complicación, consulte a un Abogado. Porque es el especialista, el que conoce la legalidad vigente y el que mejor puede asesorarle sobre cómo evitar futuros problemas. Y, por supuesto, el que llegado el caso, le defenderá ante los Tribunales.

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BLAS LLORCA LLINARES, Abogado Colegiado 2.119, MDI Empresas Constructoras e Inmobiliarias, A.P.I

Finestrat - Alicante -Altea - La Nucia - Relleu - Sella - Orxeta

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Areas Trabajo: Urbanismo, Gestión de Suelo y Activos Inmobiliarios, Planes Parciales, Reparcelaciones, Expropiaciones, Recursos y Reclamaciones Tributarias, Defensa Juridica Área Contencioso-Administrativa.

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Rótulos Germán

Publicado por finestratlegal en Junio 27, 2008

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Rótulos Germán, empresa especializada en la impresión de imagen corporativa.

Servicios: rótulos, ropa laboral, reclamos y regalos públicitarios, impresión, carteleria, serigrafía

Rótulos Germán   C/ Figueretes, 44  03509 FINESTRAT (Alicante)
Telf/Fax: (+34) 965 87 87 38     Móvil: 659 908 826
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Finestrat. Terreno Rustico en Venta. 4.708 m2

Publicado por finestratlegal en Junio 27, 2008

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TERRENO RUSTICO NO URBANIZABLE( Suelo Rural de la Ley de Suelo )

SUPERFICIE: 4.708 m2. 

Buen acceso, linda con camino asfaltado.  Valla metalica cerrando finca con colindantes.

Partida Rural del Termino Municipal de Finestrat, zona tranquila.

PRECIO: 48.000 €.

INFORMACÍON ADICIONAL: Image Hosted by ImageShack.us

Undeveloped  land of 4.708  m2,  located approximately 5 km from the village  

PRICE: 48.000 € ( aprox. 37,922.2 GBP  - Rate GBP/EUR: at 24-Jun-2008 )

 See Currency Calculator at X-Rates

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SELLA: VENTA SOLAR DE 62 m2 en casco antiguo

Publicado por finestratlegal en Junio 27, 2008

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SELLA. Municipio de la provincia de Alicante, situado en la zona meridional de la Sierra de Aitana. El mejor acceso es desde Villajoyosa que se encuentra a 16 km a través de la CV-770 y tambien desde Finestrat. Localidades limitrofes: Limita con los términos municipales de Alcolecha, Benifato, Benimantell, Confrides, Finestrat, Orcheta, Penáguila y Relleu

EN VENTA SOLAR DE 62 m2. 

Solar haciendo esquina en zona alta del casco antiguo. Ideal para reconstrución de casa de pueblo con materiales de calidad y con el encanto de lo antiguo( hierro forjado, maderas, piedra,etc).

Precio: 60.000 €.

Edificabilidad: Estamos actualizando la información urbanistica del solar. Proximamente,  cedula urbanistica detallada.

An urban plot of 62 m2 to  build your house  on Sella, Alicante. The location is ideal for a self- build where you can walk to the facilities of the town with  Restaurants, Bars, Shops, etc.

PRICE: 60.000 € ( aprox. 47,393.9 GBP - Rate GBP/EUR: at 27-Jun-2008 )

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Información / Information:

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Finestrat: parcela suelo urbano de 1.753 m2

Publicado por finestratlegal en Junio 27, 2008

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Una Ley para expropiar a precio de saldo

Publicado por finestratlegal en Junio 26, 2008

Suelo Rural y Expropiaciones

Durante los últimos días, propietarios de fincas afectados por la expropiación de terrenos por la Diputación de Alicante para la mejora y ensanche de la Carretera de Benidorm a Orxeta por Finestrat han estado recibiendo las notificaciones para que procedan a presentar las valoraciones de sus terrenos debidamente motivados.
Pues bien, cuando hayan consultado con algún Ingeniero Agrónomo o bien con algún Perito de Sociedad de Tasación, se habrán llevado una desagradable sorpresa al conocer que la nueva Ley de  Suelo, en vigor desde el día 1 de Julio de 2007, ha cambiado los criterios de valoración y, en consecuencia, estarán a punto de comprobar como sus fincas tienen un valor a estos efectos muy por debajo del valor estimado de mercado.

La ley ha suprimido el sistema de valoración comparativa entre los valores de fincas próximas y homogeneas regulado en la normativa anterior, imponiendo ahora la tasación del terreno rústico mediante la capitalización de la renta anual, real o potencial de la explotación según su estado en el momento en que deba entenderse realizada la valoración.

Para calcular esa renta potencial debe atenderse al rendimiento del uso, disfrute o producción de que sean susceptibles los terrenos conforme a la normativa de aplicación, utilizando los medios y técnicas agrarias habituales, incluyendo entre los ingresos las subvenciones que, con carácter estable, se otorguen a los cultivos y aprovechamientos considerados para su cálculo y descontando los costes producidos; teniendo en cuenta la capitalización de la renta anual de la explotación en el momento de la valoración al tipo oficial del rendimiento de la deuda pública.

Al final, y gracias a esta nueva Ley de Suelo , las Administraciones conseguirán un  suelo  baratisimo gracias a un justiprecio irrisorio para el  propietario del terreno expropiado, ya que la nueva ley, en su artículo 22, hace referencia expresa a que en las expropiaciones para la valoración del suelo  no se tendrá en cuenta el valor del mercado, como anteriormente, sino que los terrenos se tasarán atendiendo al rendimiento del uso, disfrute o explotación.

Para los más decididos, solo queda una via: acudir al Jurado Provincial de Expropiación y, en su caso, al Tribunal de lo Contencioso-Administrativo.

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La Bodegueta de Finestrat

Publicado por finestratlegal en Junio 25, 2008

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En el casco antiguo de Finestrat, La Bodegueta.

Restauración, Arte, Cultura y Musica.

Pagina Web: LA BODEGUETA

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El TC levanta la suspensión de la ley foral de matrimonios

Publicado por finestratlegal en Junio 25, 2008

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Por auto de 12 de junio de 2008, el Tribunal Constitucional ha levantado, a instancia de la Generalitat Valenciana,  la suspensión de la entrada en vigor de la Ley Valenciana del Régimen Económico de Separación de bienes en la comunidad Valenciana (Ley 10/2007 de 20 de marzo).

Una vez se publique dicho Auto del TC, los matrimonios que se celebren a partir de esa fecha en la Comunidad  Valenciana, se entenderán celebrados, salvo Capitulaciones Matrimoniales  en contra, bajo el régimen de separación absoluta de bienes.

LA NOTICIA EN LOS MEDIOS

ABC          LA RAZÓN            EL PAIS          LAS PROVINCIAS

ACTUALIZACIÓN A 1 DE JULIO DE 2008:

Los nuevos matrimonios que se celebren en la Comunitat Valenciana desde hoy se regirán por el régimen de la separación de bienes. Una medida que se aplicará después de que el Boletín Oficial de Estado (BOE) publicara ayer el auto de 12 de junio del Tribunal Constitucional que levantaba la suspensión de la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano.

Hasta el 30 de Junio de 2008, los matrimonios valencianos se regían por el modelo de bienes gananciales regulado en el Código Civil, el cual supone  que se hacen comunes para el marido y la mujer los beneficios obtenido de forma indistinta por cada uno de ellos después del matrimonio.

Desde el 1 de Julio de 2008, con la entrada en vigor de la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciana mandará la separación de bienes. Con este régimen, los bienes que tuviera cada cónyuge antes del matrimonio y los que adquiera después del enlace los conservará en propiedad siendo el único titular. 

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Extensión de efectos de sentencias firmes en la via económico-administrativa

Publicado por finestratlegal en Junio 18, 2008

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Magnifica Sentencia del Tribunal Supremo que permite que los ciudadanos puedan evitar el coste económico y la larga tramitación de las Reclamaciones Económico-Administrativas ante el TEAR de Valencia y el Recurso Contencioso-Administrativo posterior, en su caso.

El Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 18 Feb. 2008, rec. 5846/2006, ha declarado no haber lugar a recurso de casación formulado contra dos autos del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en cuya virtud se acuerda la extensión de sentencia recaída en asunto relativo a comprobación de valores a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Es reiterada doctrina del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a la hora de cuestionar el sistema utilizado por la Administración demandada para comprobar el valor declarado en las transmisiones por los ciudadanos, confirmada por Sentencia del Tribunal Supremo, dictada en un recurso en interés de Ley de fecha 9 de abril de 2002 , lo que supone que la actuación contraria a dicha jurisprudencia, y el mantenimiento de los recursos, incluso a través de obligar a los ciudadanos a la carga de interponer recursos contenciosos-administrativos, aunque se solicite la extensión de efectos de otras sentencias, sea considerada como contraria a la buena fe e incurra la Administración demandada en temeridad, al objeto de imponerle las costas, tal como dispone la ley jurisdiccional.

El Tribunal Supremo rechaza la tesis del Abogado de la Generalitat de exigir el agotamiento de la vía administrativa, bien mediante resolución del TEAR o del transcurso del plazo de un año desde la interposición de la reclamación económico-administrativa obligaría necesariamente a interponer recurso contencioso administrativo contra dicha resolución expresa o presunta, pues en otro caso, resultaría aplicable la excepción de acto firme y consentido que ha introducido la L.O. 19/2003 de 23 de diciembre, en la nueva redacción dada al art. 110.5 de la Ley Jurisdiccional , lo que haría inoperativo el mecanismo procesal del art. 110 , reduciendo su aplicación, en materia tributaria, al del art. 111 de dicha Ley.

La Ley de la Jurisdicción, en el artículo 110 , incluye las sentencias en materia tributaria como susceptibles de ser extendidas en sus efectos a otros interesados que presenten idéntica situación jurídica individualizada que la reconocida en la sentencia, estableciendo para ello unos requisitos y un procedimiento específico, entre los que no se encuentra el agotamiento de la vía económico-administrativa.

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